Reglamento

El Tratado consiste  en un preámbulo, 17 Artículos, dos Anexos y un Protocolo.

En el Artículo I están las Obligaciones Básicas del Tratado:

 ‘Cada Estado Parte se compromete a no realizar ningún ensayo de armas nucleares o cualquier explosión nuclear, y prohibir y prevenir cualquier explosión nuclear en cualquier lugar bajo su jurisdicción y control’.

‘Cada Estado Parte se compromete, de ahora en adelante, evitar causar, promover, o cualquier otra participación para que se lleve a cabo cualquier ensayo (explosión) de armas nucleares u otra explosión nuclear.’

Para lograr el objetivo y propósito del CTBT los Estados Partes establecen la Organización para poner en ejecución el Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares (CTBTO) que tendrá los siguientes órganos:

  • La Conferencia de los Estados Partes
  • El Consejo Ejecutivo
  • El Secretariado Técnico

  

El Secretariado Técnico tendrá su base en Viena, con el papel de asistir a los Estados Partes para poner en ejecución el Tratado, y llevar  a cabo la verificación del Tratado y las otras funciones establecidas en el Tratado.

El protocolo del CTBT detalla las provisiones para la verificación, para la inspección in situ y la construcción de las medidas de confianza.  El Protocolo contiene dos Anexos que comprenden:

  • Una lista de las facilidades que posee el Sistema Internacional de Vigilancia;
  • Una descripción de los parámetros utilizados para el “barrido de los eventos estándares” por el Centro Internacional de Datos.

 

Sistema Internacional de Vigilancia

El Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares establece un Sistema Internacional de Vigilancia (IMS) cuya función es asegurar la verificación del cumplimiento del Tratado.  El IMS es parte del Secretariado Técnico (TS) y ha sido designado para proveer, a escala global, las facilidades de vigilancia capaces de detectar y localizar las explosiones nucleares.  Las técnicas de vigilancia incluyen equipo en estaciones de sísmica, radionucleidos, infrasonido e hidroacústica.

Para detectar y dar seguimiento a los radionucleidos emitidos por las explosiones a la atmósfera, una red mundial de estaciones de vigilancia y de laboratorios de radionucleidos se establece como parte del IMS. 

Los datos de las estaciones se trasmiten al Centro Internacional de Datos (IDC), que es parte del TS.  Las funciones del IDC son: procesar, informar y archivar los datos recibidos por parte del IMS.

La función primaria de las Estaciones de Vigilancia de Radionucleidos es proveer una vigilancia continua de los niveles de radiactividad en el aire.  Esta función implica la colección de partículas en filtros, realizar los análisis de los espectros gama para identificar los radionucleidos en las muestras y transmitir electrónicamente los datos en bruto, encriptados, al Centro Internacional de Datos para su análisis, a través de una red satelital.

La Universidad de Panamá es la responsable de operar y dar mantenimiento a la estación RN50, en calidad de Operador de la Estación y será la entidad legal, bajo relaciones contratactuales, con la Organización para la puesta en ejecución del Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares (CTBTO).

La Universidad, en coordinación con la contraparte técnica del IMS, designa el personal específico o subcontrata entidades específicas, quienes tienen la responsabilidad de llevar a cabo las tareas relacionadas con la operación y mantenimiento de la Estación RN50, tomando en cuenta los requerimientos de los procedimientos de operación y los niveles de responsabilidad que se indican en un Manual de Operaciones aprobado.  Estas tareas incluyen la rutina de operación de la Estación, el control de calidad, las tareas programadas y no programadas, las reparaciones, la administración de suministros y partes, los informes que se deben presentar al ST (Secretariado Técnico), la seguridad de la Estación y la continuidad y redundancia de las comunicaciones.   La Operación y Mantenimiento del GCI  (Sistema Global de Comunicaciones) es responsabilidad del CTBTO.

El personal de operaciones designado, realizará las tareas requeridas para la operación y mantenimiento de la Estación de acuerdo con los procedimientos mínimos establecidos en el Manual de Operaciones y deben tener el conocimiento, el entrenamiento y el nivel de responsabilidad adecuados establecidos por la organización para realizar las tareas satisfactoriamente.  

Tres niveles de responsabilidad han sido identificados con respecto a la operación y mantenimiento de la Estación:

  • Las que corresponden al operador de turno, quien es responsable por llevar a cabo la rutina de la Estación, realizar el mantenimiento preventivo, administrar los suministros y repuestos puestos bajo su responsabilidad y ciertas actividades específicas.
  • Las que corresponden al Operador “senior”, quien es responsable de la supervisión de la rutina, realizar las tareas más complejas, las tareas de mantenimiento no rutinarias, los informes, etc.
  • Las que corresponden al jefe de Operaciones o Director, quien es el supervisor general de las operaciones y mantenimiento de la estación, y es responsable de la calidad de los procedimientos, comunicaciones y mensajes, de la administración de la estación, de los asuntos de comunicación, etc. 

 

Los niveles de responsabilidad específicos requeridos para realizar las tareas operacionales específicas se identifican mediante la elaboración de los manuales de procedimientos de operación.

Cualquier cambio del personal implicado en el funcionamiento general y el mantenimiento está sujeto a la aprobación del Secretariado Técnico.

El Director de la estación es la persona encargada de contactar el Secretariado Técnico y el Secretariado Técnico proporciona la supervisión total de la operación de la estación para asegurar su confiabilidad y conformidad de acuerdo con los requisitos de verificación del CTBT.

El Director, además, será el responsable de promover que las instancias nacionales responsables establezcan las medidas de confianza del tratado, como el ajuste de las leyes nacionales a las relaciones contractuales del Tratado.  Por otro lado debe contribuir con los organismos de la educación nacional para inculcar los valores necesarios para lograr una paz mundial estable y que los beneficios científicos y técnicos que se derivan del Tratado sean aprovechados para el desarrollo del país. 

Consejo Administrativo

Reglamento interno